De esta forma, la sociedad ha ido avanzando en un contexto inmerso en la falta de libertad de expresión y en el que las enseñanzas debían de ser de todo punto dogmáticas.
No faltan ejemplos en la historia, empezando por la conocida lacra de la Inquisición Española con licencia para juzgar y ajusticiar a cristianos e infieles (La Inquisición española o Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición fue una institución fundada en 1478 por los Reyes Católicos para mantener la ortodoxia católica en sus reinos, que tiene precedentes en instituciones similares existentes en Europa desde el siglo XIII. La Inquisición española estaba bajo el control directo de la monarquía. No se abolió definitivamente hasta 1834, durante el reinado de Isabel II. La Inquisición, como tribunal eclesiástico, sólo tenía competencia sobre cristianos bautizados. Durante la mayor parte de su historia, sin embargo, al no existir en España ni en sus territorios dependientes libertad de cultos, su jurisdicción se extendió a la práctica totalidad de los súbditos del rey de España. Fuente: Wikipedia.) o incluso la opinión de algunos sobre el título que podría utilizar el actual rey de España (Como la constitución española de 1978 reconoce al rey el uso de los títulos tradicionales de la Monarquía española, también puede utilizar el de Rey Católico o ser llamado Su Católica Majestad).
En el caso de la Inquisición, resulta espeluznante analizar su estructura según figura adjunta (fuente Wikipedia) en la que toda la sociedad queda involucrada en la persecución de los “infielesâ€, incluida la propia familia.
Si avanzamos en el tiempo nos encontramos con la Constitución Española de 1.812 con el artículo, 366 donde se establece la enseñanza de la Religión Católica en las escuelas de primeras letras.
Art.366.- En todos los Pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la Religión católica que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles.
Art.371.- Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidades que establezcan las leyes.
De todos es conocida la enorme influencia que ha tenido posteriormente la religión en la política, educación y gobierno de los pueblos, siendo tristemente recordados los episodios de connivencia de la iglesia católica con los rebeldes sublevados en la guerra civil española y la facción ganadora, igual que la posición ambigua de la misma durante el Holocausto judío en la segunda guerra mundial en la que -aparentemente- no hubo condena de la iglesia católica al mismo.
Me resulta curiosa esta sinergia que se establece entre poder político y religión que -junto con la carencia de libertades democráticas y de otras alternativas ideológicas- origina una enseñanza dogmática y comportamientos inesperados en la Sociedad. Estoy de acuerdo con quienes opinan que las inaceptables consecuencias de un sistema educativo basado en el dogmatismo (Caso de la Alemania del Holocausto o la España de la Cruzada) hacen que la Sociedad lo cuestione e intente por todos los medios evitarlos, para lo cual no sólo hay que cambiar el sistema educativo, sino también leyes o acuerdos entre estados soberanos. Claro que no hay que escandalizarse de ciertas cosas cuando durante la tristemente recordada Inquisición Española se perseguía, torturaba y mataba a creyentes de otras religiones, especialmente musulmana, protestante (cristiana) y judía.
¿Cuál es la situación en España?.
Hay que remontarse a la revisión del «Concordato», plamada en los acuerdos del Estado Español con la Santa Sede (Estado Vaticano), firmados a nivel de Estado el 3 de Enero de 1.979 donde (entre otras cosas) se dice:
…. En todo caso, la educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana.
Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales.
Por respeto a la libertad de conciencia, dicha enseñanza no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se garantiza, sin embargo, el derecho a recibirla.
….En los niveles de enseñanza mencionados, las autoridades académicas correspondientes permitirán que la Jerarquía Eclesiástica establezca, en las condiciones concretas que con ella se convenga, otras actividades complementarias de formación y asistencia religiosa.
¡Menos mal que al menos se reconoce que este tipo de enseñanza no tendrá carácter obligatorio!, y también cabe preguntarse en qué estarían pensando al firmar el acuerdo cuando hacen referencia a la ética cristiana (no a la Católica). ¿Qué negociación pudo haber?.
Bien es cierto que el texto de los acuerdos con el Estado Vaticano es anterior a la Constitución Española de 1.978, tal y como reconoce el propio texto del Acuerdo firmado en 1.979(«El Gobierno español y la Santa Sede, prosiguiendo la revisión de los textos concordatarios en el espíritu del Acuerdo de 28 de julio de 1976, conceden importancia fundamental a los temas relacionados con la enseñanza.») y efectivamente en la Constitución Española (Artículo 16) se hace una mención preferente a la iglesia católica : «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.»
En mi opinión, cualquier intromisión de las religión con el Estado (aunque sea un pacto a nivel de estados soberanos), sobre todo en el ámbito de la educación, «casi garantiza» que el estilo dogmático de enseñanza «está servido» y que la confusión y la polémica están en la calle, como hemos visto recientemente en la prensa:
Lamentable polémica que se acabaría sin duda si somos capaces -entre toda la sociedad- de delimitar los límites a la intrusión de las religiones y acabar con el dogmatismo tal y como propugna el Manifiesto de la ciencia contra la ofensiva del dogmatismo religioso
Profesionalidad del profesorado
Muchas veces nos referimos al profesorado con calificativos tales como: vocación, dedicación, sacrificio…, pero pocas veces nos referimos por la profesionalidad.
Segun el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, la profesionalidad es «1. f. Cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad con relevante capacidad y aplicación. 2. f. Actividad que se ejerce como una profesión.». No menciona la ideología ni el dogmatismo de la ideas. Pienso que es una cualidad que el docente no siempre ejerce, ya que el entorno habitualmente le condiciona demasiado.
Evidentemente esto no siempre es cierto y me gustaría ilustrarlo con una historia real que puedo relatar con un grado muy alto de certeza.
Esta historia transcurre amparada por la Orden de 8 de agosto de 1.963 por la que el Ministro de Educación aprueban los cuestionarios para el Curso Preuniversitario. Dentro de estos cuestionarios están los de la asignatura de Religión -asignatura que como todo el mundo puede fácilmente comprender era fundamental para poder acceder a la Universidad- y con unas orientaciones metodológicas claramente decantadas a predicar la doctrina social de la iglesia católica con el objetivo de hacer ver al alumno entronque con el resto de las asignaturas de religión cursadas durante el bachillerato.
Uno de los profesores que impartía esta asignatura era un militante del partido socialista (evidentemente que entonces era ilegal) y ateo. El primer día de clase manifestó a los alumnos ambas circunstancias.
La forma en que explicó la asignatura fue muy profesional y -según decían los alumnos- mucho mejor que cualquier profesor religioso. Evidentemente siguió escrupulosamente el temario, lo explicó muy bien y no dogmatizó.
Esto es profesionalidad y si fuera más habitual entre los políticos, curas -y asimilados- y docentes, estoy seguro de que mejoraría la calidad de la enseñanza y nos alejaríamos de los peligros de la dogmatización tan presente por desgracia en nuestra sociedad.
Conclusión:
A pesar del susto que se llevó la sociedad a raiz del Holocausto, el dogmatismo está íntimamente imbricado en la sociedad a través de leyes y costumbres. Hay que aunar esfuerzos para erradicarlo lo antes posible y mientras tanto asumamos la postura profesional del profesor de religión comentado.
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