Multa a Telefónica por dar de alta un ADSL sin consentimiento del usuario

Bueno, esto me ha pasado a mi y la verdad es que cuando tienes una línea ADSL contratada con un operador (Terra, en este caso) y un día no te funciona, investigas, llamas y te dicen que no eres cliente y luego descubres, después de mucho esfuerzo que Telefónica te ha dado de baja en el otro operador y te ha dado de alta como cliente de ellos…….. PARECE INCREIBLE, pero CIERTO.

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Reclamar a la SETSI un caso de slamming

Bueno, esto es lo que dicen que hay que hacer, aunque no sirve para nada. Recuerdo que lo suyo es ver si ha habido violación de la Ley de Protección de Datos y denunciarlos a la Agencia Española de Protección de Datos, AGPD, ya que parece que son ellos los que tienen la capacidad de imponer sanciones.

En el caso del sllaming del que he sido víctima por Telefónica, presenté la correpondiente reclamación a la OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO DE TELECOMUNICACIONES dependiente de la Secretaría de Estado de la Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI). Yo

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Pido que me documenten por escrito la avería que se ha solucionado ayer

Como ayer se solucionó «parte» de la avería y según conversaciones anteriores con ORANGE estaban pendientes de que los de TELEFONICA les dieran cita para poder revisar la línea, se me ha ocurrido que este retraso (desde el 17 de julio hasta ayer 10 de agosto, 24 días!) debería de comunicarlo yo a las autoridades pertinentes para que revisen el proceso y analizen lo que ha pasado.

He llamado por tanto al número de Gestión de Clientes: 902 051 151 de ORANGE y les he pedido un informe escrito de la razón de este retraso para poder aportarlo a las

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¿Que es el Software libre?

Es un nuevo fenómeno que nos permite disfrutar del uso de programas del ordenador de forma gratuíta.

Estos programas (típicamente) se licencian de acuerdo a una licencia GNU y la mayoría de las veces tienen unas funcionalidades y características similares a los programas equivalentes «de pago». Entonces: ¿Porqué pagar dinero por algo que me aporta lo mismo y es gratis? La respuesta es obvia: (blanco y en botella).

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No tengo noticias del Defensor del Cliente de Orange

Como llevo desde principio de mayo (del 2.008) con avería en la línea contratada con ORANGE, el 25 de junio decidí elevar la situación al Defensor del Cliente de ORANGE a través del siguiente telegrama (en aras de conservar la privacidad de las personas, ciertos datos están eliminados). A fecha de hoy no tengo respuesta, a pesar de haber comentado la situación varias veces por teléfono.

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La llamada de hoy

Les llamo otra vez al número de gestión de clientes: 902 051 151y SORPRESA!:

No tengo que esperar a que me respondan la llamada. No escucho ninguna música estridente y mal grabada. Una vez que me identifico, me piden disculpas y me pasan inmediatamente con un responsable de la avería. Me dan todo tipo de explicaciones y plazo hasta el final de esta semana.

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REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

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La actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal adaptó nuestro ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, derogando a su

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REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter persona

REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

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LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

DESCARGAR ley-30-2007 Ándice

Titulo preliminar. Disposiciones Generales.

Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley

Artículo 1. Objeto y finalidad.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 3. Ámbito subjetivo.

Artículo 4. Negocios y contratos excluidos.

Capítulo II. Contratos del sector público

Sección 1.ª Delimitación de los tipos contractuales.

Articulo 5. Calificación de los contratos.

Artículo 6. Contrato de obras.

Artículo 7. Contrato de concesión de obras públicas.

Artículo 8. Contrato de gestión de servicios públicos.

Artículo 9. Contrato de suministro.

Artículo 10. Contrato de servicios.

Artículo 11.

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LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Público

El servicio al ciudadano exige consagrar su derecho a comunicarse con las Administraciones por medios electrónicos. La contrapartida de ese derecho es la obligación de éstas de dotarse de los medios y sistemas electrónicos para que ese derecho pueda ejercerse. Esa es una de las grandes novedades de la Ley: pasar de la declaración de impulso de los medios electrónicos e informáticos -que se concretan en la práctica en la simple posibilidad de que algunas Administraciones, o algunos de sus órganos, permitan las comunicaciones por medios electrónicos- a que estén obligadas a hacerlo porque la Ley reconoce el derecho de

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